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Vender cosméticos en Noruega, Islandia y Liechtenstein (EEE)

febrero 2, 2024  ·  8 min de lectura

Vender cosméticos en Noruega, Islandia y Liechtenstein (EEE)

Noruega, Islandia y Liechtenstein no son miembros de la UE, así que muchas marcas se preguntan si su expediente de cumplimiento de la UE les sirve allí o si necesitan un segundo expediente completo. La respuesta es, en su mayor parte, tranquilizadora. Si quiere vender cosméticos en Noruega, Islandia o Liechtenstein, las normas cosméticas son esencialmente las mismas que en la UE, porque los tres pertenecen al Espacio Económico Europeo (EEE). Las diferencias son prácticas: autoridades nacionales, normas lingüísticas y gestión de aduanas e impuestos. Esta guía explica qué se traslada, qué hay que comprobar y cómo evitar los errores que bloquean los envíos.

Índice
  1. La respuesta corta
  2. El EEE en un párrafo
  3. ¿Qué sigue siendo exactamente igual?
  4. Qué cambia: el nivel nacional
  5. Idioma de la etiqueta
  6. CPNP y expediente del producto
  7. Aduanas, IVA y envío
  8. Actualizaciones de ingredientes y plazos
  9. ¿Hacen falta pruebas adicionales para los mercados nórdicos?
  10. Lista de comprobación para vender en los países del EEE
  11. Errores frecuentes
  12. Preguntas frecuentes
  13. Puntos clave

La respuesta corta

El Reglamento (CE) n.º 1223/2009 se aplica en el EEE a través del Acuerdo EEE, por lo que en Noruega, Islandia y Liechtenstein se espera el mismo expediente básico que en la UE: una persona responsable, un expediente de información del producto, un CPSR firmado, una notificación en el CPNP y un etiquetado conforme. Normalmente no se prepara una segunda evaluación de seguridad. Lo que sí se comprueba es el nivel nacional: qué autoridad supervisa el mercado, qué información de la etiqueta debe estar en el idioma local y cómo se aplican la aduana y el IVA, porque estos tres países no forman parte del territorio aduanero de la UE del mismo modo que los miembros de la UE. Confirme los detalles con la autoridad nacional o con un asesor local antes de enviar.

El EEE en un párrafo

El EEE une a los Estados miembros de la UE con Noruega, Islandia y Liechtenstein en el mercado interior para la mayoría de los bienes. La legislación de productos de la UE pasa a formar parte del Acuerdo EEE mediante decisiones del Comité Mixto del EEE. El Reglamento de cosméticos se incorporó mediante la Decisión del Comité Mixto n.º 049/2013 y, según la base de datos de la AELC, está en vigor en el EEE desde abril de 2013. Por eso el texto legal con el que trabaja es el mismo que se usa en Bruselas, Dublín o Liubliana.

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¿Qué sigue siendo exactamente igual?

  • La persona responsable. Cada producto necesita una, con nombre y dirección en la etiqueta. Las autoridades del EEE describen el requisito como una persona responsable establecida en la UE/EEE, de modo que una persona responsable con sede en un país de la UE normalmente puede servir para toda la zona. Compruebe la redacción que se aplica a su caso.
  • La evaluación de seguridad. El CPSR sigue la misma estructura (Parte A y Parte B) y los mismos requisitos del Anexo I.
  • El expediente de información del producto. Se conserva diez años después de que se comercialice el último lote y debe estar disponible para las autoridades si lo solicitan.
  • Las normas de ingredientes. Los anexos sobre ingredientes prohibidos, restringidos, colorantes, conservantes y filtros UV son el mismo marco legal.
  • Las buenas prácticas de fabricación, con la ISO 22716 como referencia habitual.
  • Las declaraciones y el contenido del etiquetado, incluidos la lista INCI, el número de lote y el contenido nominal.
Dos bloques: lo que es igual que en la UE (persona responsable, CPSR, expediente, CPNP, anexos de ingredientes) y lo que se revisa a nivel nacional (autoridad, idioma de la etiqueta, aduanas e IVA, fechas, orientaciones).

Qué cambia: el nivel nacional

Aunque las normas son comunes, la aplicación es nacional. Cada país tiene su propia autoridad y su propia ley de aplicación.

  • Noruega. La Autoridad Noruega de Seguridad Alimentaria (Mattilsynet) es en general el organismo que supervisa los cosméticos, y el Reglamento de cosméticos se aplica en el derecho noruego mediante legislación nacional sobre cosméticos.
  • Islandia. La Agencia de Medio Ambiente de Islandia (Umhverfisstofnun) se describe como la autoridad competente en cosméticos, y el Reglamento islandés n.º 577/2013 aplica el reglamento de la UE.
  • Liechtenstein. Es miembro del EEE, pero sus disposiciones prácticas difieren, en parte por sus estrechos vínculos con Suiza. Pregunte a la oficina nacional cuál es la situación actual en lugar de suponerla.

Las autoridades nacionales también pueden publicar orientaciones, por ejemplo sobre productos limítrofes o sobre sustancias que siguen de cerca. Léalas al entrar en un mercado.

Idioma de la etiqueta

El Reglamento de cosméticos deja a cada país decidir en qué lengua(s) se presenta parte de la información del envase, como las advertencias y la función del producto. En la práctica, Noruega e Islandia suelen esperar determinada información en noruego e islandés respectivamente, y Noruega puede aceptar lenguas escandinavas muy próximas para algunos elementos. Es uno de los puntos donde cambian las normas nacionales y donde adivinar es arriesgado. Antes de imprimir, pregunte a la autoridad o a un importador local qué elementos deben traducirse y conserve una etiqueta traducida en el expediente del producto.

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CPNP y expediente del producto

La notificación se hace una sola vez en el Portal de notificación de productos cosméticos de la UE (CPNP), por la persona responsable o por un usuario autorizado que actúe en su nombre. La Comisión explica que, una vez notificado un producto en el CPNP, no se necesita ninguna otra notificación nacional dentro de la UE, y las autoridades del EEE usan el sistema en la práctica, pero conviene confirmar el régimen vigente de cada país del EEE antes del lanzamiento. Su expediente de información del producto debe estar disponible en un idioma fácilmente comprensible para la autoridad, y para los mercados nórdicos un expediente en inglés suele ser viable, aunque es un punto que debe verificarse con la autoridad.

Aduanas, IVA y envío

Como Noruega, Islandia y Liechtenstein están fuera del territorio aduanero de la UE, las mercancías que cruzan la frontera se tratan en general como exportaciones e importaciones, con declaraciones, derechos cuando proceda y gestión nacional del IVA. No son normas específicas de cosméticos, pero causan retrasos cuando las marcas las ignoran. Pasos prácticos:

  • pregunte a su transportista qué documentos aduaneros y códigos necesita;
  • prepare una factura comercial con descripciones exactas de los productos;
  • tenga lista una ficha de datos de seguridad para productos como perfumes o aerosoles, que los transportistas pueden clasificar como mercancías peligrosas;
  • consulte las normas de IVA e importación del destino con un asesor aduanero;
  • considere un importador local si vende en volumen entre empresas.
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Actualizaciones de ingredientes y plazos

Cuando la UE modifica los anexos, por ejemplo mediante un acto Ómnibus, el cambio llega al EEE a través del procedimiento del EEE. Eso puede suponer un desfase entre la fecha de la UE y la fecha del EEE, y la autoridad nacional puede publicar sus propias orientaciones transitorias. Para una marca que vende en ambas zonas, lo seguro es seguir la fecha más estricta y usar la misma fórmula conforme en todas partes. El etiquetado de alérgenos de fragancia según el Reglamento (UE) 2023/1545 y cambios similares deben planificarse del mismo modo.

Lee también Vender cosméticos en EE. UU.: la MoCRA paso a paso

¿Hacen falta pruebas adicionales para los mercados nórdicos?

No se exige un programa de pruebas distinto para Noruega, Islandia o Liechtenstein. Los datos del CPSR deben reflejar el uso real y las condiciones del mercado, y los clientes nórdicos a veces compran productos para clima frío y seco o para una alta exposición al viento y al sol. Un test de estabilidad que incluya almacenamiento en frío y ciclos de temperatura es útil para un producto enviado en invierno, y un patch test respalda las declaraciones de tolerancia cutánea en todos sus mercados. La eficacia de la conservación se comprueba igual que en la UE; consulte nuestra guía del test de desafío.

Lista de comprobación para vender en los países del EEE

  1. Confirme que tiene una persona responsable establecida en la UE/EEE y un expediente de información del producto completo.
  2. Conserve en el expediente el CPSR firmado y los informes de estabilidad, microbiología y test de desafío que lo respaldan.
  3. Compruebe que el producto está notificado en el CPNP y pregunte a la autoridad nacional cómo gestiona la notificación.
  4. Identifique qué elementos de la etiqueta necesitan el idioma local y prepare etiquetas traducidas.
  5. Revise las orientaciones de la autoridad nacional para su tipo de producto.
  6. Planifique aduanas, IVA y requisitos del transportista para cada envío.
  7. Siga el calendario del EEE para los cambios de ingredientes.

Errores frecuentes

  • Suponer que Noruega, Islandia o Liechtenstein forman parte de la unión aduanera de la UE y enviar sin documentos de exportación.
  • Vender sin persona responsable porque la marca tiene su sede en el Reino Unido o en EE. UU.
  • Imprimir etiquetas solo en inglés para mercados que exigen el idioma local en algunos elementos.
  • Preparar un informe de seguridad distinto para cada país, lo que es innecesario.
  • Olvidar que los cambios de ingredientes pueden entrar en el EEE en otra fecha.

Preguntas frecuentes

¿Mi CPSR de la UE es válido en Noruega?

El CPSR sigue el mismo reglamento que se aplica en el EEE, por lo que normalmente sirve también como evaluación de seguridad para Noruega, Islandia y Liechtenstein. Aun así hay que revisar el etiquetado y los requisitos nacionales.

¿Necesito una persona responsable noruega?

Normalmente no. La norma se refiere a una persona responsable establecida en la UE/EEE, por lo que una establecida en un país de la UE puede actuar en general para todos. Confírmelo con la autoridad para su caso.

¿Las marcas del Reino Unido y de Suiza necesitan algo más?

Las marcas con sede fuera de la UE/EEE necesitan una persona responsable establecida en la UE/EEE, que figure en la etiqueta y esté notificada en el CPNP.

Puntos clave

  • El Reglamento de cosméticos de la UE se aplica en Noruega, Islandia y Liechtenstein a través del Acuerdo EEE.
  • Un CPSR y un expediente del producto sirven para todo el EEE; las diferencias son nacionales.
  • Compruebe autoridades, idioma de la etiqueta, aduanas e IVA de cada país antes de enviar.
  • Siga las fechas del EEE para las actualizaciones de ingredientes y mantenga una sola fórmula conforme.
Fuentes (6)
Fuente Editor Enlace
Regulation (EC) No 1223/2009 on cosmetic products European Union (EUR-Lex) eur-lex.europa.eu/eli/reg/2009/1223/oj
EEA-Lex: Regulation (EC) No 1223/2009, incorporated by Joint Committee Decision 049/2013 EFTA Secretariat efta.int/eea-lex/32009r1223
Cosmetic Product Notification Portal (CPNP) European Commission single-market-economy.ec.europa.eu/sectors/cosmetics/cosmetic-product-notification-portal_en
Cosmetics in Iceland: competent authority and Regulation No 577/2013 Environment Agency of Iceland (Umhverfisstofnun) ust.is/english/industry/chemicals/cosmetics/cosmetics
Implementing Decision 2013/674/EU, guidelines on Annex I (CPSR) European Commission (EUR-Lex) eur-lex.europa.eu/eli/dec_impl/2013/674/oj
Regulation (EU) 2023/1545 on fragrance allergens labelling European Union (EUR-Lex) eur-lex.europa.eu/eli/reg/2023/1545/oj
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